Clac Clac está integrado con VeriFactu, el sistema de verificación de facturas de la Ley Antifraude del Ministerio de Hacienda

Clac Clac está preparado para adaptarse al sistema VeriFactu, el modelo de verificación de facturas impulsado por la Agencia Tributaria en el marco de la Ley Antifraude del Ministerio de Hacienda.

VeriFactu es un sistema diseñado para luchar contra el fraude fiscal y fomentar la digitalización de los procesos de facturación empresarial. Afecta a empresas y autónomos que utilicen software de facturación, ya que deberán generar un registro de facturación de forma simultánea o inmediatamente anterior a la emisión de cada factura.

Si tu zapatería ya trabaja con Clac Clac, puedes estar tranquilo: nuestro software está adaptado a la normativa vigente y preparado para cumplir con los requisitos establecidos por el reglamento de sistemas informáticos de facturación.

En el marco de la Ley Antifraude, el Gobierno de España ha impulsado la implantación de los sistemas de facturación verificables. Su objetivo es garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas, permitiendo su remisión a la Agencia Tributaria.

La entrada en vigor de esta normativa está pendiente de desarrollo definitivo y de la fijación de los plazos de adaptación, aunque se prevé su aplicación en los próximos años. Por ello, las empresas deberán contar con un software capaz de cumplir con estos requisitos.

Este proceso debe ser automático, seguro e inmediato. Los datos generados por los sistemas de facturación no podrán ser alterados. Además de combatir el fraude fiscal, estos sistemas contribuirán a mejorar la digitalización de las empresas y los servicios ofrecidos por la Agencia Tributaria.

El software podrá enviar los registros de facturación en formato estructurado (como XML) y generar facturas con elementos identificativos, como el código QR. En su caso, la Agencia Tributaria podrá validar la información remitida.

El uso de software que no cumpla con la normativa podrá ser sancionado conforme a la Ley Antifraude, con multas que pueden alcanzar los 50.000 € por ejercicio en determinados supuestos.

Las aplicaciones informáticas de facturación deberán disponer de una declaración responsable que certifique el cumplimiento del Reglamento de requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación, así como de las especificaciones que se desarrollen mediante la correspondiente Orden Ministerial.

Además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Generar un registro de facturación por cada factura emitida, incluyendo también los casos de anulación o rectificación.
  • Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de todos los registros de facturación.
  • Permitir el envío automático de los registros a la Agencia Tributaria (AEAT). Esta es la opción recomendada por la Administración y se conoce como sistema VeriFactu, que asegura el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria (integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad).
  • En caso de no optar por el envío automático, las aplicaciones deberán almacenar los registros de forma segura, garantizando igualmente todos los requisitos anteriores. La Agencia Tributaria podrá requerir en cualquier momento el acceso o copia de dicha información.
  • Registrar eventos del sistema para asegurar la trazabilidad de la actividad del software de facturación. Este registro no podrá ser modificado y deberá conservarse durante el periodo de prescripción de las obligaciones tributarias.

El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, ya ha sido aprobado. No obstante, queda pendiente su desarrollo definitivo mediante Orden Ministerial, así como la concreción de los plazos de adaptación.

Según la información disponible actualmente, la entrada en vigor de esta normativa se ha aplazado y se prevé su aplicación en los próximos años, estableciéndose como referencia enero de 2027 para empresas y julio de 2027 para autónomos, si bien estas fechas podrían modificarse en función del desarrollo normativo final.

Si tu zapatería trabaja con Clac Clac, puedes estar tranquilo: nuestro software está preparado para adaptarse a la normativa y cumplir con los requisitos exigidos dentro de los plazos que finalmente se establezcan.

Esta normativa se aplicará con carácter general a empresas y autónomos en sus operaciones de facturación, con la excepción de aquellos que ya estén acogidos al sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) o que no tengan obligación de emitir facturas.

En consecuencia, afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si tributan por el IRPF como por el Impuesto sobre Sociedades.

En cuanto a su ámbito territorial, será de aplicación en todo el territorio español, con excepción de los territorios forales (País Vasco y Navarra), que cuentan con su propia normativa.

  • Las facturas generadas mediante el sistema VeriFactu deberán incluir una serie de elementos que permitan su identificación y trazabilidad:

    • Código QR: Todas las facturas deberán incorporar un código QR que contendrá información identificativa de la factura y permitirá su verificación.
    • Referencia a VeriFactu: La factura deberá indicar que ha sido generada mediante un sistema de facturación verificable, incluyendo la mención expresa “VeriFactu”.
    • Posibilidad de envío a la Agencia Tributaria: A través del código QR, la factura podrá ser consultada y, en su caso, remitida a la Agencia Tributaria mediante dispositivos de lectura.
    • Registro de eventos: El sistema deberá mantener un registro interno de cada factura emitida y de los eventos asociados, garantizando la trazabilidad y el control de toda la actividad.

Es importante tener en cuenta que existen dos modalidades de cumplimiento:

  • Envío automático de los registros a la Agencia Tributaria (sistema VeriFactu): consiste en remitir cada registro de facturación de forma automática en el momento de emisión. Es la opción más sencilla y la recomendada por la Administración, ya que garantiza el cumplimiento de todos los requisitos de forma directa.
  • Registro sin envío automático: en este caso, los registros de facturación no se envían en tiempo real, pero deben estar firmados digitalmente, almacenados de forma segura y disponibles para la Agencia Tributaria en cualquier momento si son requeridos.

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